martes, 26 de octubre de 2010

Independencia Económica y Constitución Nacional

Por Rodolfo Tailhade*

"... entendemos indispensable a la hora de repensar el futuro derrotero de la Nación Argentina el rescate de la Constitución Nacional sancionada en 1949, durante el gobierno justicialista de Juan Domingo Perón. Un acontecimiento político mutilado por la historia oficial, censurado en todos los ámbitos de la vida pública. Desterrado de las universidades. Considerado una “extravagancia jurídica” por los eternos custodios del derecho liberal."
"... la Constitución Nacional de 1949 significó la vocación del pueblo argentino de abandonar el Estado liberal como modelo de organización política, vigente desde 1853, para abrazar el Estado de la Justicia Social. Era la Nación Argentina la que asumía en el Preámbulo de aquella Constitución una voluntad común orientada hacia la justicia social, soberanía política e independencia económica..."
"La Constitución de 1949 ubica de manera incuestionable al Estado como protagonista excluyente del proceso de distribución equitativa del ingreso, presupuesto mínimo de la existencia de una sociedad igualitaria, y subordina todas las instancias económicas, productivas y financieras al interés general..."
"... dimensión programática de la Independencia Económica: “función social” de la propiedad privada y sujeta a “las obligaciones que establezca la ley con fines de bien común”; el capital al “servicio de la economía nacional y del bienestar social”; la riqueza y su explotación destinados al “bienestar del pueblo dentro de un orden económico conforme los principios de la justicia social”; intervención del Estado en la actividad económica; libre iniciativa privada pero sin monopolios ni rentas extraordinarias; nacionalización de los recursos naturales y servicios públicos".

Documento completo, aquí
*Abogado, miembro de AJuS

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