
Abogados por la Justicia Social (AJUS) rechaza el Comunicado 016/2011 de la Asociación de Magistrados que recoge el relato de las empresas de comunicación de posición dominante y, bajo el argumento de la afectación a la libertad de expresión y del derecho de los ciudadanos a informarse, desconoce la cuestión medular que originó la medida de fuerza tomada el domingo 27 de marzo pasado por un grupo de trabajadores gráficos, cual es el conflicto laboral que los vincula desde el año 2004 con el multimedios Clarín.
No desconocemos la importancia y severidad de una medida que impide la circulación de un diario por un día. Tampoco la desconocen los actores del conflicto quienes, tal como lo han expuesto públicamente, fueron impulsados a llevarla a cabo atento a lo infructuoso de sus reclamos anteriores.
La Asociación de Magistrados está integrada por miembros del Poder Judicial de la Nación, uno de los tres poderes de un Estado que ha adoptado como política pública la decisión de no reprimir la protesta social. En ese marco, los términos del comunicado se rechazan por dos razones. La primera, porque denunciar el incumplimiento de resoluciones judiciales por parte del Poder Ejecutivo implica ocultar que el Ejecutivo cumplimentó las medidas ordenadas pero en el marco de la salvaguarda de la integridad física de los trabajadores. La segunda, porque los persistentes incumplimientos por parte del multimedios Clarín, no sólo de resoluciones judiciales firmes sino también de leyes sancionadas por el Congreso Nacional, no merecieron similares expresiones por parte del consorcio de magistrados.
La independencia del Poder Judicial de ningún modo importa independencia respecto de los intereses de la comunidad en su conjunto. Y el hecho que los magistrados adopten públicamente posturas determinadas genera consecuencias -cuanto menos a la hora de predicar respecto de su imparcialidad-. Si es cierto que el ejercicio del derecho al reclamo o a la protesta social o sindical por parte de algunos miembros de la comunidad importa momentáneamente la restricción del ejercicio del derecho de otros, no lo es menos que no existen derechos absolutos. Y que centrar la atención en uno o en alguno de ellos, implica asumir una postura política e ideológica que merece ser puesta de relieve si, como se advierte, los jueces en la actualidad se expresan por otras vías que no son sus sentencias.
La vigencia del derecho a la información de los ciudadanos consiste en conocer los datos de la realidad, la verdad real. Y saber desde qué lugar nos expresamos los distintos miembros de la comunidad.





